Curiosidades

Senadis hizo un llamado a no discriminar a las personas sordas

Muchas panameños cuestionaron que en la transmisión de Costa Rica vs. Panamá estuviera un interprete de señas

Luisa González

Por Luisa González

La colonense Yolanda Yvette Menchaca, una magíster, intérprete de lenguaje de señas.

Momentos en que se transmitía el partido Costa Rica vs. Panamá, disputado la noche del jueves, muchas personas cuestionaron el hecho de que en la pantalla estuviera un interprete de señas.

Para algunos era una exageración este método porque aseguraban que los sordos pueden ver, mientras que para otros fue una buena iniciativa, ya que las personas con discapacidad auditiva también tienen derecho de saber lo que dicen los narradores, ya sea de fútbol o cualquier deporte.

Fue la colonense Yolanda Yvette Menchaca, una magíster, intérprete de lenguaje de señas, quien se hizo famosa por cautivar al público con el entusiasmo en la transmisión de la Teletón 20-30, la encargada de realizar la interpretación se señas durante el partido Costa Rica vs. Panamá, en las pantallas de Nex Tv.

Ante la ola de comentarios y debates que se dieron en las redes sociales sobre este tema, la Secretaría Nacional de Discapacidad hizo un llamado a no discriminar a las personas sordas.

COMUNICADO

La Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS), hace un llamado a la población a no discriminar a las personas sordas, quienes tienen derechos a la comunicación como todos los ciudadanos.

La ley 25 de 2007, reconoce que la discriminación contra cualquier persona por razón de su discapacidad constituye una vulneración a su dignidad y el valor inherente del ser humano.

También reconoce el derecho a la información de las personas con discapacidad auditiva por lo que incluye el término “comunicación” la utilización de lenguajes y dentro de estos entendidos se refiere a lenguaje oral, lengua de señas y otras formas de comunicación no verbal.

En Panamá rigen leyes que obligan al sector público y privado a brindar una comunicación y acceso a la información sin discriminación.

La ley 1 del 28 de enero de 1992, protege a las personas sordas y en las modificaciones de los artículos 19 y 20 de la Ley 53 de 1951 se define la comunicación total y reconoce la lengua de señas como la lengua natural para las personas sordas.

El artículo 21, de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad habla sobre libertad de expresión, opinión y acceso a la información.

Este artículo también establece que los Estados Partes se comprometen a alentar a los medios de comunicación, incluidos los que suministran información a través del internet, a que sus servicios sean accesibles para las personas con discapacidad.

Alentamos y promovemos a que todos los medios de comunicación tengan una comunicación accesible para todas las personas con discapacidad.

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