Shakira volvió a cantar victoria, pero esta vez no fue sobre un escenario, sino en los tribunales. La Audiencia Nacional de España le dio la razón a la artista colombiana y anuló el expediente fiscal correspondiente al año 2011, por el cual había sido obligada a pagar casi 55 millones de euros entre liquidaciones y sanciones.
Según la resolución judicial, Shakira no debía ser considerada residente fiscal en España durante ese año, por lo que no estaba obligada a tributar allí por su renta mundial. Con esta decisión, la justicia ordena la devolución de las cantidades abonadas, más intereses, que según fuentes judiciales superarían los nueve millones de euros.
El caso gira en torno a una pregunta clave: ¿vivía fiscalmente Shakira en España en 2011? Para Hacienda, sí. Para la Audiencia Nacional, no. La Agencia Tributaria sostenía que la cantante ya tenía en España el centro de su vida personal y económica, especialmente por su relación con Gerard Piqué, a quien conoció tras el Mundial de Sudáfrica 2010, donde sonó con fuerza su famoso Waka Waka.
Sin embargo, el tribunal consideró que en ese momento no existía un vínculo conyugal ni un núcleo familiar en España, ya que la pareja no tenía hijos menores. Además, señaló que la mayor parte de la actividad económica de Shakira se desarrolló fuera del país, en plena gira internacional Sale el Sol.
La artista celebró la decisión con un comunicado en el que volvió a cargar contra Hacienda. “Nunca hubo fraude”, afirmó, al sostener que durante años fue tratada como culpable y utilizada como ejemplo público ante otros contribuyentes.
Pero el pleito no está cerrado. La Agencia Tributaria no comparte el criterio de la Audiencia Nacional y pedirá a la Abogacía del Estado recurrir la sentencia en casación ante el Tribunal Supremo. Además, el organismo advierte que, si el fallo queda firme, la devolución podría ser menor a los más de 60 millones mencionados, ya que parte de las sanciones no habrían sido ingresadas, sino avaladas.


