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Con la lectura de la sentencia se cierra causa al diputado Arquesio Arias

Arias fue declarado no culpable saliendo a relucir la mayoría calificada

Por Sonia Navarro

Diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Arquesio Arias. | Foto: Agustín Herrera

El Tribunal de Juicio Oral conformado por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), realizó la audiencia de Lectura de Sentencia en la causa penal seguida al diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Arquesio Arias, por los delitos de Violación Sexual Agravada y Actos Libidinosos Agravados.

En la sentencia de no culpable emitida por el Tribunal de Juicio, cinco magistrados salvaron su voto y cuatro dieron un voto explicativo.

En la audiencia, se leyeron los salvamentos de voto de los magistrados Luis Ramón Fábrega Sánchez, María Eugenia López Arias, Carlos Alberto Vásquez Reyes, Otilda Vergara de Valderrama (magistrada Suplente) y Miguel A. Espino González (magistrado Suplente). También, se leyeron los votos explicativos de los magistrados Ángela Russo de Cedeño, Cecilio Cedalise Riquelme, José E. Ayú Prado Canals y Hernán De León Batista.

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El magistrado Luis Ramón Fábrega entrando al juicio por el caso de Arquesio Arias. Isaac Ortega

En la parte resolutiva de la sentencia emitida por el Tribunal de Juicio, se declaró por decisión unánime, que el diputado del PRD Arquesio Arias no es culpable, de los delitos de actos libidinosos agravados y de violación sexual agravada en perjuicio de L.Y.M.L. En ese mismo sentido, y por decisión unánime, se declaró que Arias no es culpable, del delito de violación sexual agravada en perjuicio de A.M.L.

No obstante, por no reunirse la mayoría calificada de seis votos, requeridos en los procedimientos especiales contra Diputados, exigida por el artículo 495 del Código Procesal Penal, se resolvió que Arias no es culpable, del delito de actos libidinosos agravados en perjuicio de A. M. L., y por ende, se ordenó el cese de la medida cautelar personal aplicada, consistente en el arresto domiciliario, que fue dispuesta por el Pleno de la CSJ, mediante resolución de 21 de octubre de 2019.

La deliberación por parte del Tribunal de Juicio Oral, se dio el pasado viernes, 16 de abril de 2021, tras 8 días de Juicio Oral, donde se practicaron un total de 80 pruebas entre testimoniales, periciales, documentales y materiales presentadas por las partes intervinientes.

Durante el desarrollo de este Juicio Oral, intervino en representación de la Fiscalía el Magistrado Olmedo Arrocha Osorio, mientras que la querella estuvo a cargo de la Enereida Barrías, y la representación del acusado fue por parte del defensor particular, Ángel Álvarez Torres.