La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha rechazado la solicitud del Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A. para suspender provisionalmente el contrato con la Constructora Norberto Odebrecht, S.A. Esta decisión se produce como consecuencia de la resolución emitida por el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas (TACP) el 8 de enero de 2024.
La solicitud de suspensión provisional fue presentada por la defensa legal del Aeropuerto en respuesta a la resolución del TACP que recomendaba iniciar un proceso de liquidación del contrato con Odebrecht a través de una audiencia con el contratista. Según los magistrados del TACP que emitieron la resolución (Luis Mariscal, Martín Wilson y Manuel Beckford), las obligaciones contractuales hasta febrero de 2020 fueron cumplidas de acuerdo con lo establecido en la adenda 6.
La decisión de la Sala Tercera se encuentra detallada en el edicto 1262 del 15 de abril de 2024, siendo la magistrada Otilda De Valderrama la ponente del tema, acompañada por sus colegas María Cristina Chen Stanziola y Carlos Vásquez.
Esta resolución judicial marca un desarrollo significativo en el pleito legal entre el Aeropuerto de Tocumen y Odebrecht, estableciendo el curso futuro del proceso de liquidación del contrato en cuestión.