La Corte Suprema de Justicia de Panamá ha dado un giro significativo en la implementación de la factura electrónica al declarar inconstitucional su aplicación para personas o sociedades civiles involucradas en profesiones liberales, artesanales y artísticas. Esta decisión, tomada el 20 de agosto de 2024, responde a una demanda presentada por la abogada Maritza Cedeño Vásquez en colaboración con el Colegio Nacional de Abogados, quienes argumentaron que la medida imponía cargas onerosas y vulneraba la privacidad de los profesionales y sus clientes.
El uso obligatorio de la factura electrónica se estableció en 2021 para modernizar el sistema fiscal panameño, exigiendo que profesionales como ingenieros, abogados, médicos, así como artesanos y artistas, adoptaran este sistema. Sin embargo, la Corte Suprema, después de considerar opiniones de la Procuraduría de la Administración y expertos legales, determinó que esta imposición constituía una intromisión estatal ilegítima en la vida privada y profesional de estos sectores.
Uno de los puntos más controvertidos fue el impacto sobre el secreto profesional, donde se argumentó que el sistema de facturación electrónica permitiría al gobierno acceder a información confidencial sobre los clientes de abogados, médicos y otros profesionales, lo cual contraviene las protecciones constitucionales.
La Corte declara inconstitucional la factura electrónica en las profesiones liberales: ENMAYUSCULA. - La Corte Suprema de Justicia de Panamá dio la razón al Colegio Nacional de Abogados y declaró inconstitucional varios artículos de una ley que exigía a… https://t.co/exADdYazGR pic.twitter.com/PwjkOPBss2
— En Mayúscula (@enmayuscula507) August 20, 2024
Rigoberto González, procurador de la Administración, defendió la facturación electrónica como una herramienta para modernizar el sistema fiscal del país. No obstante, los argumentos presentados por el Sindicato Nacional de Artesanos, junto con la postura del Colegio Nacional de Abogados, subrayaron que la medida no consideraba la realidad económica y operativa de los profesionales independientes y artesanos en Panamá.
Finalmente, la Corte Suprema concluyó que, aunque el uso de la factura electrónica no es inconstitucional para la prestación de servicios en general, sí lo es para las profesiones liberales, artesanales y artísticas. Este fallo exime a estos sectores de la obligación de utilizar el Sistema de Facturación Electrónica de Panamá, reafirmando la protección de sus derechos y la necesidad de un equilibrio en las políticas fiscales.