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Corte Suprema desmiente acusaciones de Zulay Rodríguez sobre caso de Lingotes de Oro

En conclusión, la Corte Suprema de Justicia rechazó las aseveraciones de Zulay Rodríguez y aclaró que en ningún momento se instó a las partes a llegar a un acuerdo, destacando que las actuaciones judiciales han seguido los procedimientos establecidos.

Redacción Mi Diario

Por Redacción Mi Diario

La candidata a tres puestos de elección popular y abogada.

En respuesta a las recientes declaraciones de la diputada Zulay Rodríguez, la Corte Suprema de Justicia emitió un comunicado desmintiendo las afirmaciones de la política respecto al caso de los 66 kilos de oro, presuntamente relacionados con el fallecido orfebre mexicano José Luis Penagos.

Según el comunicado, la CSJ aclara que ni la magistrada fiscal Ariadne García ni María Cristina Chen Stanziola, magistrada de garantías, instaron a las partes a llegar a un acuerdo durante la primera audiencia para imputar cargos, celebrada el 29 de febrero, ni en ningún momento posterior, refutando así las alegaciones de Rodríguez.

El poder judicial subrayó que la diputada no compareció a la audiencia a pesar de estar debidamente notificada desde el 21 de febrero de 2024. Durante la mencionada diligencia, el abogado de Rodríguez, Ángel Álvarez, realizó varias solicitudes, entre ellas la reprogramación de la audiencia y la declinación de competencia a la justicia ordinaria tras la renuncia de su representada al cargo de diputada.

Además, se destaca que el abogado manifestó el interés de su cliente en alcanzar una resolución alternativa del conflicto e invitó a la víctima, Juan David Penagos, hijo de José Luis Penagos, a iniciar conversaciones para llegar a un acuerdo.

La Corte informó que las solicitudes de Álvarez fueron debatidas y atendidas adecuadamente bajo el contradictorio oportuno. Desde entonces, se han celebrado tres audiencias presenciales, todas reprogramadas debido a la ausencia de la diputada.

En relación con la audiencia del 3 de abril, la magistrada fiscal manifestó que no se pudo llevar a cabo debido a la falta de asistencia de Rodríguez. En esa fecha, también se leyó un memorial que contenía un desistimiento de la pretensión punitiva por parte de la víctima, quien llegó a un acuerdo económico con la diputada.

La magistrada fiscal aclaró que no se oponía al desistimiento, pero advirtió que, ante la falta de imputación, no se podía revisar si los delitos endilgados a la diputada se encontraban dentro del catálogo permitido en el artículo 201 del Código Procesal Penal.

En conclusión, la Corte Suprema de Justicia rechazó las aseveraciones de Zulay Rodríguez y aclaró que en ningún momento se instó a las partes a llegar a un acuerdo, destacando que las actuaciones judiciales han seguido los procedimientos establecidos.