La Dirección General de Marina Mercante dispuso otorgar una dispensa adicional a los descuentos contemplados en la Ley N°57 de 6 de agosto de 2008, en base al artículo 8, de hasta el 100% a todas aquellas naves de nueva construcción que se inscriban en la Marina Mercante Panameña del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022.
Las tasas en las que aplican la dispensa son: Tasa de Registro, Tasa Anual Consular, Tasa de Investigación de Accidentes, Tasa de Inspección y Tasa de 0.03 % por cada Tonelada Neta.
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En la Resolución N°106-167-DGMM de 23 de noviembre de 2021, publicada en la Gaceta Oficial N°29428-B del viernes 3 de diciembre de 2021 se indica que la sumatoria entre la dispensa y los descuentos otorgados por la Ley N°57 de 6 de agosto de 2008, no será mayor de 100% de descuento a pagar sobre las tasas mencionadas. De igual forma la Dirección General de Marina Mercante establecerá los parámetros para el otorgamiento de las dispensas descritas.
Las naves a las que se les concede descuentos, no podrán utilizarlos, si las mismas se abanderan con posterioridad al 31 de diciembre de 2022.
La Dirección General de Marina Mercante indica que las dispensas establecidas en esta resolución, solo aplicarán por el término de un año a partir del abanderamiento, siempre que la nave no se inscriba con posterioridad al 31 de diciembre de 2022.