El Pleno de la Corte Suprema de Justicia no admitió una demanda de inconstitucionalidad que atacaba una medida del Ejecutivo, que ordenó el cierre temporal de los comercios del país ante la pandemia de la covid-19.
La demanda de inconstitucionalidad era contra una medida del Ejecutivo, que ordenó el cierre temporal de los comercios del país ante la pandemia de la covid-19 en todo el territorio nacional amparado en el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 541 del 21 de abril del 2020.
La decisión del Pleno de la Corte fue dada a conocer mediante edicto con fecha del 8 de septiembre del 2020 y contó con el voto razonado del magistrados Olmedo Arrocha.
La decisión de no admisión de la demanda de inconstitucionalidad fue apoyada por los magistrados Cecilio Cedalise, Maribel Cornejo, Hernán De León, Luis Ramón Fábrega, María Eugenia López Arias, Angela Russo, Carlos Vásqaues Reyes, y José Ayú Prado.
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La demanda de inconstitucionalildad fue presentada a título personal por el abogado Víctor Baker Revelo en medio de la pandemia, donde se han efectuado varias críticas por las medidas del Ejecutivo de cierre de negocios, limitación de derechos a la protesta y a la libre circulación de las personas, pero que la Corte en su gran mayoría no ha resuelto de manera oportuna.
Las peticiones de los ciudadanos no han sido resueltas a tiempo, pero los magistrados y personal del sistema judicial han cobrado el 100% de sus salarios en medio de esta pandemia.
Esta no admisión de la demanda de inconstitucionalidad se da a conocer en medio del proceso de reapertura de las empresas y negocios ante la baja de los fallecimientos y casos positivos de la covid-19, que azota a Panamá desde marzo del 2020.
El presidente Laurentizo Cortizo y la entonces ministra de Salud, Rosario Turner firmaron el Decreto Ejecutivo 541 que declara la emergencia nacional mientras dure la pandemia de la covid-19 y se toman varias medidas.