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Uso de mascarilla no es obligatorio en aeronaves y embarcaciones que hagan tránsito en aeropuertos y puertos del país

El 11 de julio pasado se suspendió el uso obligatorio de mascarilla en todo el país, con algunas excepciones

Por Sonia Navarro

Aeropuerto Internacional de Tocumen

El Ministerio de Salud (Minsa) ordenó suspender el uso obligatorio de mascarilla en las embarcaciones y en las aeronaves del transporte aéreo y marítimo internacional que desembarquen o hagan tránsito en aeropuertos o puertos del país, no es obligatorio el uso de mascarilla

El uso de mascarilla es opcional por las compañías aéreas y marítimas, los pasajeros y tripulantes de esos medios de transporte, mientras estén en el territorio nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo 107 de 13 de julio de 2022.

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Se mantiene el uso obligatorio de mascarilla en aeronaves que transiten entre aeropuertos del territorio nacional.

El Minsa levantó el pasado 11 de julio el uso obligatorio de mascarilla en todo el país, excepto en las instalaciones de salud públicas y privadas, las personas dedicadas a la manipulación y expendio de alimentos y en el transporte colectivo y selectivo.